Registro de jornada laboral

Queremos ayudarte con este requisito para que tu empresa cumpla con la legalidad vigente

El nuevo R.D del 12 de mayo de 2019 establecerá el deber de todas las empresas a garantizar e registro de la jornada de trabajo, y la obligatoriedad de conservar los registros efectuados durante un periodo de 4 años.

La Dirección Geneal de la Inspección de Trabado y Seguridad Social, revisará y controlará estos registros, dedicando especial atención a los relativos a horas ordinarias y extraordinarias.

Las infracciones detectadas por la ITSS serán tipificadas como graves y sancionadas con una multa máxima de 6.250€

No esperes más

Con nuestra aplicación podrás cumplir con la normativa legal y registrar de manera cómoda y sencilla el horario de inicio y finalización de la jornada de trabajo.