Queremos ayudarte con este requisito para que tu empresa cumpla con la legalidad vigente
El nuevo R.D del 12 de mayo de 2019 establecerá el deber de todas las empresas a garantizar e registro de la jornada de trabajo, y la obligatoriedad de conservar los registros efectuados durante un periodo de 4 años.
La Dirección Geneal de la Inspección de Trabado y Seguridad Social, revisará y controlará estos registros, dedicando especial atención a los relativos a horas ordinarias y extraordinarias.
Las infracciones detectadas por la ITSS serán tipificadas como graves y sancionadas con una multa máxima de 6.250€
Con nuestra aplicación podrás cumplir con la normativa legal y registrar de manera cómoda y sencilla el horario de inicio y finalización de la jornada de trabajo.